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Las comunidades de propietarios deben notificar sus ficheros a la Agencia Española de Protección de Datos ya que disponen de ficheros que contienen información de carácter personal.


Además, una comunidad de propietarios está obligada a realizar una serie de procedimientos legales, como por ejemplo, el establecimiento de un contrato de encargado de tratamiento con su administrador, la confección de un Documento de Seguridad que establece una serie de procedimientos en la gestión y almacenamiento de los datos y la comunicación del ejercicio de derechos de todas las personas que forman parte de la comunidad.  


Si la comunidad cuenta con cámaras de videovigilancia, deberá establecer una serie de procedimiento según indica la instrucción 01/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos.


Megasyc cuenta con tarifas muy económicas para la implantación de estas medidas en las comunidades de propietarios. Consúltenos.

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